Al contratar el seguro del coche. ¿sabemos realmente cuáles son nuestros derechos como usuario de la póliza?
- Tienes derecho a elegir libremente el taller donde vas a reparar tu vehículo. Es ilegal cualquier restricción y/o limitación de este derecho.
- Tienes derecho a una copia de la póliza con todas las claúsulas limitativas de derechos en letra destacada.
- Incluido tu derecho a poner fin al contrato «en la misma forma que hiciste la contratación» (art.5 de la LCS y 6 de la Ley 44/2006).
- Tienes derecho a que tu Aseguradora realice una valoración de los daños que ha sufrido tu vehículo (art.38 de la LCS).
- Tienes derecho a que tu Aseguradora te facilite toda la información de la valoración del siniestro, pudiendo aceptarla o discutirla pericialmente si no estás de acuerdo con ella (art.38 de la LCS).
- Tienes derecho a ser indemnizado a los 40 días de haber declarado el siniestro. Al menos por el importe de los daños que conozca tu aseguradora (art.18 de la LCS).
- Si eres el perjudicado, la indemnización de los daños sufridos por tu vehículo no se reduce al valor del mercado o de venta en el momento del siniestro, sino que tienes derecho a la reparación de tu vehículo y, en su caso, a su sustitución.
- Tienes derecho a conocer cualquier acuerdo al que haya llegado tu Aseguradora con terceros y que pueda afectar a tus derechos derivados de la póliza del seguro. Sobre todo en relación con la indemnización en caso de siniestro.
- Tienes derecho a conocer el domicilio de tu Aseguradora y su dirección postal, para ejercer tus derechos.
- En especial el de la información y de reclamación (art. 60 del Real Dercreto Ley 6/2004).
- Si tienes cobertura de defensa jurídica, tienes derecho (en caso de colisión con otro vehículo asegurado por tu misma Aseguradora) a elegir un abogado y procurador, corriendo estos gastos por cuenta de dicha Aseguradora.
- Tienes derecho a presentar tu reclamación ante el departamento de atención al cliente de la Aseguradora y, en caso de obtener un respuesta insastifactoria o no obtener respuesta en 2 meses, poder reclamar en la Dir.Gª de Consumo de tu Comunidad Autónoma y ante la Dir. Gª de Seguros.
Letamendi…pensando en ti.

